sábado, 15 de agosto de 2015

Denuncian desalojo forzado con aprobación del Tribunal Superior de Justica Contra Defensores de Derechos Humanos.
El pasado 12 de agosto a las 9:30 de la mañana se efectuó, derivado de un juicio plagado de violaciones a derechos humanos, el desalojo de los defensores de derechos humanos Mariel Bonilla Dumit e Israel Sampedro Morales del inmueble ubicado en Columbia 7 interior 5 fraccionamiento Vista Alegre de esta Ciudad de Puebla.
El juicio ordinario mercantil 1160/2010 que radica en el Juzgado 12 civil de esta Ciudad de Puebla a cargo del Juez Ismael De Gante López,  fue iniciado en el 2003 llamando a juicio como una de las demandadas a Ma. Elvira Dumit Garzón quien falleció en 1992, once años antes. No obstante el procedimiento se continuó en rebeldía, sin que hubiera representación legal conforme lo establece la ley. Hecho del cual tuvo conocimiento el Juez Ismael De Gante al conocer de la ejecución de sentencia de dicho juicio, omitiendo acordar conforme a su capacidad y obligación como juzgador de acuerdo a la protección más amplia de los derechos humanos, beneficiando en todo momento las actuaciones de la parte actora Maria Levinia Arellano Cabrera, quien ahora resulta representada por Javier Beltran Villagra.
La parte actora ejercitó acción tendiente a la ejecución de sentencia el 7 de abril de 2010 y acordada por el juzgado el 8 de abril del mismo año. Es decir, promovió su recurso legal más de 5 años después. No obstante, el Juez Ismael De Gante López ordenó el desalojo con fuerza pública y facultó a la Diligenciaria NON para tal efecto, ya que el Diligenciario Par tiene una queja administrativa por llevar a cabo una diligencia de manera ilegal respecto al mismo juicio. Restituyendo contrario a la Ley, una acción a la parte actora. De acuerdo al CODIGO DE COMERCIO aplicable a este juicio, sus artículos son explícitos: Artículo 1039: “.EL EJERCICIO DE ACCIONES PROCEDENTES DE ACTOS MERCANTILES, SERAN FATALES, SIN QUE CONTRA ELLOS SE DE RESTITUCION.”i En este sentido la Ley señala explícitamente el periodo de 5 años para la ejecución de sentencia (Artículo 1079).
 Es importante destacar que se hizo del conocimiento mediante ficha técnica tanto al Juez como al presidente del tribunal las violaciones constitucionales del procedimiento. Presentando Mariel Bonilla como Albacea, incidente de oposición a ejecución de sentencia, el cual tiene señalada como audiencia incidental el día de mañana 14 de agosto. Sin embargo, y de manera ventajosa para la parte actora se ordenó la ejecución de la misma con uso de la fuerza pública, pretendiendo así el juzgador con aquiescencia del Tribunal evadir la responsabilidad que respecto al caso le compete, dejando en estado de indefensión a Bonilla Dumit ante la violación sistemática del derecho de audiencia, certeza jurídica y derecho humano a la vivienda.
 Estos hechos evidencian la red de corrupción y benevolencia hacia los intereses lucrativos y especulación inmobiliaria en la administración de justicia, por encima del respeto a los derechos humanos. Discurso que ostenta el estado mexicano, pero que en este caso como en otros, resulta completamente ausente. Ya que mientras a la parte actora le es restituida la acción judicial para ejecutar la sentencia, a Mariel Bonilla le es retirada la protección concedida mediante amparo  a sus derechos humanos violentados, bajo el artilugio legal de que el juicio fue promovido fuera de tiempo.
Durante la diligencia de desalojo se destacan una serie de irregularidades tales como:
La invasión  de propiedad privada de terceros que nunca fueron notificados.
La constante intimidación de los elementos de la policía estatal, quienes no se identificaron y que impedían la documentación del desalojo y que se llevara el control de las cosas que se sacaban, amenazando con arrestar  a quienes nos encontrábamos en el momento del desalojo y criminalizándonos pretendiendo adjudicar actos delictivos a los habitantes de la casa.
La amedrentación por parte de Javier Beltrán Villagra, representante de Maria Levinia Arellano Cabrera, quien constantemente provocaba a quienes nos encontrábamos documentando el desalojo forzado, con golpear delante de la fuerza pública.
La orden por parte de quienes realizaron el desalojo forzado para que en la entrada principal del fraccionamiento no se dejara pasar a nadie a Columbia 7-5. Testigo de ello fue el reportero Mario Martell.
En entrevista por segunda ocasión con el licenciado Guillermo Morales Rodríguez, secretario de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla se manifestó indiferente al asunto sin interés de investigar en ese momento respecto a la queja que se presentaba y los hechos ilegales que se hacían de su conocimiento, asumiendo que no podían intervenir y que estudiarían el asunto. Mismo argumento sostenido en la primera ocasión y el cual resulta poco confiable ya que de haberse dado en esos términos no hubiera sido procedente el desalojo forzado. Finalmente aseguró la representación del Tribunal que el inmueble quedaría  bajo depósito judicial y no en posesión del actor y que se resolvería el incidente propuesto lo antes posible. Por tal circunstancia Exigimos se dicte en lo más inmediato, una resolución conforme a derecho y la absoluta garantía ante la especulación de compra venta del inmueble. Así como la investigación y sanción de las Autoridades que resulten responsables.



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