sábado, 29 de junio de 2019

Convenio 87 de OIT sobre libertad sindical ordena al estado no intervenir en la vida interna de los sindicatos: RAP
           Þ “El convenio 87 de la OIT, entra en el ramo de los convenios fundamentales de ésta organización internacional”.
           Þ El estado debe dar absoluta libertad a los ciudadanos para crear sus propias asociaciones, coaliciones, sindicatos, federaciones, confederaciones, sin injerencia de la autoridad pública. 
           Þ La Reforma Laboral agresiva amenaza a los trabajadores de México en derechos fundamentales.
            Þ La reforma laboral entro en vigor, pero no se está aplicando aún por lo que estamos, en tiempo y forma, para podernos amparar, explicó el maestro Roberto Alfonso Pavana.
Puebla de Zaragoza, 28 de junio de 2019.- El maestro Roberto Alonso Pavana, en conferencia magistral, ante comités sindicales de diferentes ramas industriales adheridas a la FTP-CTM, afirma que el convenio “C087 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación”, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ordena que el estado no puede intervenir, de ninguna manera, en la vida interna de los sindicatos.
Ante el escenario de una reforma laboral, vigente desde el 1 de mayo del 2019,  agresiva y que amenaza a los trabajadores de México en derechos fundamentales como formación y permanencia de sindicatos, contratación colectiva y derecho de huelga; el Maestro Alonso Pavana, con más de cuarenta años de experiencia en derecho laboral, trabajando en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), 20 años como docente y maestría en Derecho del Trabajo y Seguridad Social; asegura: “El convenio 87 de la OIT, entra en el ramo de los convenios fundamentales de ésta organización internacional, actualmente está en plena vigencia, fue firmado el primero de abril del año 1950 por el presidente de la república mexicana y ratificado por el senado mexicano;  tiene el mismo rango de ley y de observancia que la Constitución General de la República”.
El convenio 87 de la OIT establece que el estado debe dar absoluta libertad a los ciudadanos para crear sus propias asociaciones, coaliciones, sindicatos, federaciones, confederaciones; sin injerencia de la autoridad pública; subraya. 
“La parte toral de esta reforma (La reforma laboral) es que permite al estado intervenir en la vida interna de los sindicatos, violando el convenio 87 de la OIT. La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) viola este convenio, que garantiza la autonomía sindical, la contratación colectiva y el derecho de huelga". 
 Aunque la Reforma Laboral ya se aprobó, aún no está aplicándose.
La reforma laboral entro en vigor, pero no se está aplicando aún por lo que estamos, en tiempo y forma, para podernos amparar.  El maestro Alonso Pavana Explica: “¿Procede un amparo? La respuesta es sí, además cuando no se cumple con los convenios internacionales de la OIT podemos acudir a su sede en la ciudad de México a denunciar que no se está cumpliendo con el convenio 87, dado que la reforma laboral tiene implícita la injerencia del estado en varios de los tópicos, tanto en el derecho de asociación, de contratación colectiva como de derecho de huelga; puntualiza. 


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