Dip. Jonathan Collantes propone cárcel para quienes obliguen a recibir terapias sicológicas para cambiar orientación sexual.
· En las que se emplea violencia o se realizan tratos crueles o degradantes que atenten contra la dignidad humana.
· También se contempla que si la terapia de conversión se realiza en una persona menor de edad o en una persona incapaz, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá de oficio.
En su momento, el diputado Jonathan Collantes Cabañas presentó una Iniciativa de Decreto para adicionar el artículo 225 Ter al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Las adiciones al Código Penal pretenden establecer penas de dos a cinco años de prisión y de cien a doscientas horas de trabajo en favor de la comunidad, a quien imparta u obligue a otra persona a recibir, tomar o acudir a una terapia de conversión, que son aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, modificar, cambiar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de una persona, en las que se emplea violencia o se realizan tratos crueles o degradantes que atenten contra la dignidad humana.
También se contempla que si la terapia de conversión se realiza en una persona menor de edad o en una persona incapaz, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá de oficio.
Para su estudio y dictaminación correspondiente, la Iniciativa fue enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.
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