viernes, 28 de octubre de 2016

Pretenden eliminar del artículo tercero de la ley los requisitos de información inexacta o falsa para hacer valer el derecho de réplica, ante el medio y los tribunales.

PREPARAN EN LA CORTE GOLPE A LIBERTAD DE EXPRESIÓN
          · De no reglamentarse bien el derecho de réplica existe el riesgo de que los medios de comunicación se autocensuren
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza una sentencia sobre el derecho de réplica en medios de comunicación que pone en riesgo la libertad de expresión, según lo muestra el proyecto de sentencia en poder de EL UNIVERSAL. A petición del PRD y Morena, la SCJN prevé votar el fallo con el que, de ser aprobado, cualquiera que se sienta agraviado por información difundida en medios podrá demandar judicialmente a sus autores. El fallo podrá ser aprobado si al menos 8 de los 11 ministros se pronuncian a favor. El proyecto de sentencia es realizado por el ministro Alberto Pérez Dayán y será puesto a consideración del resto de los integrantes de la Corte el próximo 7 de noviembre, cuando deberán resolverse las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los dos partidos políticos contra la Ley sobre el Derecho de Réplica. La propuesta, en poder de EL UNIVERSAL, prevé eliminar del artículo tercero de la ley los requisitos de información inexacta o falsa para hacer valer el derecho de réplica, ante el medio y los tribunales.
“Artículo 3. Toda persona podrá ejercer el derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa que emita cualquier sujeto obligado previsto en esta ley y que le cause un agravio”, establece la norma vigente. En consecuencia, cualquier persona que se sienta agraviada con relación a información difundida en medios de comunicación podrá ejercer el derecho de réplica, sin importar si se trata de datos verídicos. También, de conformidad con lo requerido por ambos partidos, se establece la posibilidad de que en periodo electoral el derecho de réplica sea ejercido ante autoridades especializadas como el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Para que el fallo sea aprobado se requiere de una mayoría de ocho votos a favor, pero con seis votos el criterio se convierte en tesis. Los escritos fueron firmados por el entonces presidente nacional del PRD, Agustín Basave Benítez, y el dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador. Los dos argumentaron que el requisito de que se trate de información inexacta o falsa para ejercer el derecho de réplica es inconstitucional. (El Universal, 24)http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/seguridad/2016/10/24/preparan-en-la-corte-golpe-libre-expresion
EL DERECHO A DECIR LA VERDAD
En próximas fechas, el pleno de la SCJN deberá resolver las acciones de inconstitucionalidad que presentaron a finales del año pasado, el PRD y Morena relacionadas con algunas disposiciones que regula el ejercicio del derecho de réplica en el país, tal como se desprenden de su actual ley reglamentaria. Básicamente el derecho de réplica, es el derecho universal que tenemos todas las personas para aclarar o rectificar ante cualquier medio de comunicación formalmente establecido, determinada información que se haya difundido por el propio medio y que se considere falsa, inexacta o agraviante en nuestros derechos de personalidad, fundamentalmente… Ante la evidente base doctrinal, jurisprudencial y normativa que hay en la materia, ¿Cómo y qué va a resolver la SCJN, para hacer que el derecho de réplica sea un instrumento que coadyuve para mejorar los contenidos de la democracia, y no para inhibir y estimular la censura previa? En caso de optar por resolver nuevos criterios que pueden ser incluso contradictorios de sus más recientes tesis, creo que estaremos frente al ocaso de nuestra democracia y ante el inicio de una regresión indeseable y muy objetable. (El Universal, por Jorge Islas; 24) http://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-
MODIFICACIÓN A LEY DE RÉPLICA DEJA A MEDIOS VULNERABLES
La Ley del Derecho de Réplica fue pensada por los grupos políticos para protegerse como organismos y como actores gubernamentales. De no reglamentarse bien el derecho de réplica existe el riesgo de que los medios de comunicación se autocensuren, queden vulnerables o que las resoluciones que emitan los jueces en estos casos lleguen de manera tardía, puesto que la ley vigente contiene aún deficiencias, dicen expertos. EL UNIVERSAL informó que el próximo 7 de noviembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene previsto votar un proyecto de resolución que propone eliminar los conceptos de información falsa o inexacta de los requisitos para ejercer el derecho de réplica. Con esto, cualquier persona que se sienta agraviada por información publicada en medios de comunicación, sin importar que sea verídica, podrá pedir que se le dé derecho de réplica y de no concederlo de primera instancia, podrá acudir ante un tribunal civil a requerir a un juez que obligue a los medios a darle este derecho. (El Universal)http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/politica/2016/10/25/modificacion-ley-de-replica-deja-medios-vulnerables


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