sábado, 4 de febrero de 2017

INTENTOS DE REGULACIÓN DEL INTERNET
 Publicado por Hilda Lopez B el 22 julio, 2015 en Unidad III
El hombre a través del tiempo ha creado instrumentos que le sirvan como herramientas con la finalidad de hacer más fácil sus labores cotidianos, esto lo vemos como por ejemplo en la creación de la rueda, el hombre por naturaleza busca nuevos artefactos para su beneficio, es así que la tecnología forma parte esencial del ser humano, nunca está conforme y busca nuevas herramientas, nuevas creaciones.
Ahora bien, con la informática funciona igual. El internet es una de las herramientas más difíciles de regular, esto es, se analizará en el presente trabajo.
En internet cambia para el derecho la noción de tiempo y espacio, ya que se pueden realizar enlaces inmediatos a tiempo real, sin importar el lugar del mundo donde se encuentren las partes.
Hay quienes dicen, como M. Burstein: “no hay un lugar en internet”, y otros, como Herbert Kronke, la Corte del Distrito de Munich o la Corte del Distrito Sudeste de Nueva York, sostienen que “todos los lugares están en internet”. De un modo u otro, todos presentan esta paradoja de un espacio no territorial, no geográfico, que por su sola existencia genera interrogantes y problemas al mundo legal conocido, fuertemente atado a lo geográfico por el concepto de las soberanías.
Internet es una red de redes. Si se intentara dibujarla, seguramente se presentaría con un formato distribuido, reticular, de incontables nodos interrelacionados, sin centro, como es de su propia naturaleza. Además, es globalmente accesible y sus mecanismos y protocolos son universales.
Esta red, por medio de proveedores de servicios de internet, conecta a los usuarios entre sí y, aunque aparentemente no existen agencias internacionales de gobierno de internet que establecen estándares y habilitan el sistema para que funcione (Internet Society, ICAAN, WIPO y otras), pero el acatamiento a sus disposiciones es voluntario y depende, en mucho, de la posición que se adopte frente a los principios de autogobierno de internet.
Las fronteras no existen en internet y los Estados tienen serias dificultades para delimitar sus jurisdicciones. Es indudable que el Estado intenta regular unilateralmente, sin contar con la anuencia de las demás entidades, cualquier asunto que sucede en su territorio.
Es indiscutible que, excepto en casos muy concretos, las operaciones comerciales que se realizan por internet tienen un ámbito internacional, pues el elemento extraterritorial se encuentra presente.
Según el profesor Antonio Martino, ha llegado el momento de pensar seriamente en una estandarización jurídica, algo así como un nuevo derecho, un nuevo ius Gentium para la libre circulación de las personas, las ideas y los bienes. Si esto es así, dicha libre circulación va a provocar un derecho común que deberemos admitir los próximos años.
En trabajos recientes, Lymch, Benna, Bianchi y Martino consideraron que internet debe estar sujeto a algún tipo de regulación. Brenna, entre las soluciones que propone, ubica lo siguiente: a) unificación de reglas legales; b)unificación de una ley sustantiva de internet, y c) reconocer a internet como jurisdicción propia y asignar disputas a un tribunal internacional de arbitraje de internet o una corte especial exclusiva para estas disputas con una ley sustantiva que rija.
Vinton G. Cerf, considerado uno de los creadores de internet, junto con el ingeniero Robert Khan, a partir del protocolo que permitió a todas las computadoras entenderse en un mismo lenguaje, el TCP/IP, afirmaba hace poco tiempo que el problema que surge al legislar es que internet avanza de manera muy rápida y, cuando se aprueba una ley, la tecnología ya ha cambiado.
La Convención de las Naciones Unidas para la venta internacional de bienes de 1980, el UNIDROIT, los Principios de los Contratos Comerciales Internacionales, los Principios del Derecho Contractual Europeo y la Ley Modelo de Comercio Electrónico de UNCITRAL podrían señalarse como pasos en el camino de desplazar la aplicación de los derechos locales, con los inconvenientes que presentan, por un derecho sustantivo de internet de ámbito internacional.
No es aventurado sostener que la actividad informática constituye el vínculo estrecho que otorga el fundamento teórico y la utilidad práctica que justifica concentrar en un mismo subsistema las regulaciones dispersas entre ramas tradicionales del derecho, pues solo así se podrá juzgar la convivencia de apartarse de las soluciones previstas en cada una de ellas, es decir, la aparición de un derecho especial frente al común, en aquello conocido como derecho de la informática.
En conclusión la informática jurídica es una de las ciencias que está en constante cambio, lo cual hace que los encargados de crear leyes o celebrar tratados tengan una limitación puesto que al momento de formular dichas leyes muy probablemente la tecnología haya evolucionado y esto provoca que las leyes recién aprobadas ya no sean aplicables a los casos actuales.
FUENTE: TÉLLEZ Valdés, Julio. Derecho Informático. 4 ed. México. Editorial McGraw-Hill. 2008. 642 pp.


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