miércoles, 14 de octubre de 2020

Proponen cárcel y multa económica  a quien maltrate o prive de la libertad a cualquier animal.


Þ De  seis a dos años de prisión a quien realice actos de crueldad con la intención de ocasionar dolor o afecte su bienestar

Cárcel de seis a dos años y multa de “100 a 250 unidades de medida” (¿?) a quienes maltraten o priven de la libertad a cualquier animal de compañía con el propósito de obtener un rescate o beneficio económico, son algunas de las medidas para reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal del Estado, en materia de protección animal.

Lo anterior son propuestas por la diputada Nora Merino Escamilla y el diputado Juan Pablo Kuri Carballo, con el objetivo de incrementar las sanciones a quien realice actos de maltrato o crueldad animal con la intención de ocasionar dolor, sufrimiento o afectar su bienestar.

Además Nora Merino Escamilla y María del Carmen Cabrera Camacho explicaron que el Dictamen tipifica y sanciona los actos de quienes priven arbitrariamente la libertad de cualquier animal de compañía, con el fin de apropiarse de él sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer del animal, estableciendo de seis meses a dos años de prisión y de 100 a 250 unidades de medida y actualización.

 Asimismo, puntualizaron que a quien prive arbitrariamente de la libertad de cualquier animal de compañía por cualquier lapso, solicitando a cambio de su libertad un beneficio económico o en especie, se le impondrá de uno a cuatro años de prisión y de 200 a 500 unidades de medida y actualización vigente.

 Las legisladoras dieron a conocer que las reformas y adiciones al Código Penal establecen la ampliación de sanciones para los casos en que este tipo de conductas antisociales sean cometidas a través de medios violentos como armas y explosivos, a fin de tener una sanción ejemplar que logre combatir con mayor eficacia la propagación de este tipo de conductas delictivas.

 

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