miércoles, 20 de mayo de 2015

Aprobada también por el Congreso de Puebla...

Senado declara constitucional Ley Anticorrupción.
          · Patricia Leal, explicó los alcances de la Ley, que coordinará esfuerzos contra hechos de corrupción y control de recursos públicos
Con la suma de 24 Estados de la República, incluida la entidad poblana, el Senado de la República declaró constitucional la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción, que fue aprobada por la LIX Legislatura durante una Sesión Extraordinaria el 12 de mayo.
 En este sentido, la Presidenta de la Mesa Directiva Patricia Leal Islas, explicó ante legisladores poblanos, los alcances y detalles de la Ley, cuyos objetivos, entre otros, son crear una instancia de coordinación con todos los órdenes de gobierno en materia de responsabilidades, hechos de corrupción y control de recursos públicos.
 El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) estará integrado por un Comité Coordinador que aglutina a la Auditoría Superior de la Federación, al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, al Consejo de la Judicatura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con la Corrupción y a la  Secretaría del gobierno federal, encargada del control interno (Secretaría de la Función Pública ) agregó la legisladora durante aquella sesión.
 Se formará a nivel nacional, un Comité de Participación que estará integrado por 5 ciudadanos destacados por sus aportaciones en la transparencia, que se coordinará con los Sistemas Locales de nueva creación, para determinar el intercambio de información y emitir recomendaciones no vinculantes a las autoridades.
 Una vez que inicie operaciones, el Sistema Nacional Anticorrupción, se encargará de coordinar la prevención, detección y sanción de actos de corrupción, mientras que la Cámara de Diputados  nombrará  a los titulares de los órganos internos de control y el Senado ratificará al titular de la Secretaría de la Función Pública, quienes tendrán más facultades de revisión.
 La ley establece que los actos de corrupción de servidores públicos y particulares serán sancionados por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mientras que la Auditoría Superior de la Federación con más facultades, podrá revisar el ejercicio fiscal en curso y los anteriores, así como fiscalizar participaciones destinadas a los estados y municipios.
 Se eleva a rango constitucional la obligación de los servidores públicos, de presentar su declaración de intereses y patrimonial, aunque hacerlas públicas seguirá siendo opcional.



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